Mónica Y Francisco Quedarán Libres Tras La Sustitución Del Resto De La Condena Por La Expulsión Del Estado

Mónica Caballero y Francisco Solar quedarán en libertad durante los próximos días, después de que la sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional (AN) española –la misma que les condenó– acordara sustituir el año y tres meses de pena de prisión que les quedaba por cumplir por su expulsión del Estado español.

Mónica y Francisco están en las prisiones de Estremera y Villabona, centros desde dónde serán directamente trasladadas al Aeropuerto de Barajas para hacer efectivo el decreto de expulsión en Chile

Caballero recibió la noticia en la prisión de Estremera y Solar en la de Villabona, centros desde dónde serán directamente trasladadas al Aeropuerto de Barajas una vez la policía encargada de extranjería haga efectiva de oficio la ejecución del decreto de expulsión a Chile, estado de dónde son originarios. Tienen un plazo de un mes pero según uno de los abogados de la defensa, José Luís Galán, “la medida no tendría que tardar más de una semana en aplicarse”.

Una vez suban al avión, Mónica y Francisco quedarán en libertad y no podrán volver al Estado español por un periodo de ocho años. Este hecho se produce gracias al hecho que las defensas de los chilenos invocaron al artículo 89 del Código Penal, que permite que las penas de más de un año de prisión contra personas sin nacionalidad española se puedan sustituir por la expulsión del país. En casos como este, donde se considera que la gravedad de los delitos es mayor, la justicia requiere que las condenadas hayan cumplido dos tercios de la pena para permitir la aplicación de esta medida.

El 13 de noviembre del año 2013, Mónica Caballero y Francisco Solar fueron detenidas junto con tres personas más en la ciudad de Barcelona. La operación la ordenaba la Audiencia Nacional (AN) española y estaba coordinada por la Comisaría General de Información del Cuerpo Nacional de Policía, que perseguían con sus investigaciones a las presuntas responsables de la colocación de dos artefactos explosivos: uno fallido en la Catedral de Almudena de Madrid y otro en la Basílica del Pilar de Zaragoza.

Mónica y Francisco fueron encarceladas preventivamente, mientras que el resto de las detenidas quedaron en libertad. Las dos activistas anarquistas de origen chileno fueron dispersadas a diferentes prisiones del Estado español, vieron como les restringían las comunicaciones y como eran confinadas en el régimen FIES, de máximo control y vigilancia penitenciaria.

Pasado el periodo de dos años en prisión preventiva, la AN decidió ampliar en dos años más su situación de excepcionalidad –encarceladas sin juicio– el 30 de octubre de 2015, justo dos días después de la segunda fase de la Operación Pandora. Esta coincidencia es relevante por el hecho que durante el juicio de Mónica y Francisco los informes policiales y la fiscalía abonaron la tesis de la existencia de una organización informal anarquista con supuestas “finalidades terroristas” llamada GAC/FAI/FRI. Según la policía, las detenidas en las operaciones Piñata, y andora I y II también formarían parte de este entramado que finalmente los mismos tribunales consideraron ficticio.

El juicio contra las dos anarquistas se celebró finalmente entre los días 8 y 10 de marzo de 2016 a las nuevas instalaciones de la AN en San Fernando de Henares (Madrid). La fiscalía, representada por Teresa Sandoval, pedía por las activistas una condena de 44 años de prisión por los delitos de pertenencia a organización criminal con finalidades terroristas, estragos, lesiones y conspiración para la comisión de otro delito de estragos terroristas, este último motivado por la sospecha policial que preparaban una acción contra el Monasterio de Montserrat.

La sección cuarta de la sala de lo penal, presidida por la polémica magistrada Ángela Murillo, desestimó finalmente la tesis de la organización terrorista, que podría haber condicionado negativamente el desarrollo procesal de las encausadas por las operaciones Pandora y Piñata. Aun así, la defensa de las anarquistas denunció la “parcialidad de la investigación policial y el procedimiento judicial” y criticó duramente en sede judicial los informes policiales y la cobertura mediática, los cuales a su entender “vulneraban la presunción de inocencia” de las acusadas.

A pesar de que la acusación particular rebajó su petición de penas y que Mónica y Francisco negaron todas las acusaciones menos la de ser militantes anarquistas, las dos fueron condenadas a 12 años de prisión: cinco años por un delito consumado de lesiones terroristas y siete años más por otro de daños terroristas consumados, además de la interposición de una indemnización de 22.775 euros a la persona herida en el oído por la explosión del Pilar, de 182.601,75 euros al Cabildo de Zaragoza, institución que se hizo cargo económicamente de los desperfectos de la deflagración y de la mitad de los costes del procedimiento judicial.

El recorrido judicial del caso no acabó aquí porque las defensas de las anarquistas recorrieron la sentencia al Tribunal Supremo. El pasado mes de diciembre este corrigió la sentencia de la AN agrupando en un único acto los delitos cometidos por las dos y rebajando la pena de prisión a cuatro años y medio por cada una. Este hecho se produjo gracias al hecho que el Supremo estimó que los delitos de daños y lesiones terroristas no se computaran por separado como si fueran fruto de dos acciones diferentes sino que se interpretaran como “concurso ideal”, figura penal que se aplica cuando un solo hecho llevado a cabo por un mismo sujeto constituye dos o más delitos y se considera todo como una única unidad delictiva. La indemnización por los desperfectos de la detonación también fue rebajada en 40.000 euros al considerar el alto tribunal que no había pruebas que los daños se proyectaron sobre bienes de valor histórico o cultural.

Retorno a la persecución chilena

Mónica y Francisco llegaron a Barcelona en 2012 procedentes de Chile, después de ser absueltos en un procedimiento judicial que se denominó Caso Bombas y que llevo a los encausados a sufrir un continuo hostigamiento policial y mediático. Este proceso se abrió a raíz de una investigación policial sobre una serie de atentados reivindicados por grupos anarquistas y llevó entre rejas a Mónica y Francisco, que cumplieron un año de prisión preventiva.

Las doce personas encausadas por el Caso Bombas bajo la acusación de haber participado en la colocación de una treintena de artefactos incendiarios entre los años 2006 y 2009 en Chile fueron absueltas por carencia de pruebas.

En total fueron doce personas encausadas bajo la acusación de haber participado en la colocación de una treintena de artefactos incendiarios entre los años 2006 y 2009 en Chile. Los ataques tuvieron como objetivo entidades bancarias, sienes, restaurantes e incluso la Agencia Nacional de Inteligencia, pero todas las encausadas fueron absueltas al considerar el tribunal que no había pruebas suficientes contra ellas. El Supremo chileno corroboró la sentencia y la fiscalía y el Ministerio del Interior chilenos fueron condenados en costes.

La reacción en Chile no se ha hecho esperar y el subsecretario de Interior Mahmud Aleuy ha afirmado a la prensa que “estudiarán las medidas que tomarán”, después de mostrar su preocupación y de tratar la liberación y regreso de las anarquistas en el último comité policial del Palacio de la Moneda. En cambio, colectivos anarquistas del país andino que han llevado a cabo acciones de apoyo a la pareja durante los últimos años, estarían preparando una bienvenida a Mónica y Francisco, que una vez en Chile no tendrán ninguna causa pendiente más que continuar su lucha por la anarquía.

Fuente: Tokata

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